La Seccional Capital Federal del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP) informa que la asignación no remunerativa corresponde ser abonada para los trabajadores y las trabajadoras que cumplen tareas en relación de dependencia, regulados por las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, 22.250, 26.727 y su modificatoria y otros estatutos profesionales especiales.
SADOP Capital aclara que, según el Decreto 438/2023, publicado en el Boletín oficial, todo docente privado en relación de dependencia que cobre menos de 400 mil pesos debe percibir el pago de la suma fija.
En tanto, la misma normativa deja en claro que todos los docentes privados comprendidos en la Ley 13.047 deben cobrar la suma dispuesta por el Poder Ejecutivo.
Cabe destacar que la suma a percibir dependerá de la carga horaria del/la trabajador/a.
Además, la Seccional Capital Federal informa que su equipo de abogados está analizando y estudiando la normativa para los docentes privados que trabajan en jornada simple y/o dictan clases en las universidades, para poder informar la proporcionalidad que corresponde al pago.
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